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viernes, 11 de febrero de 2011

Una garantía ilusoria más por Aníbal Delgado Fiallos

En una democracia deformada como la que vivimos, la “democracia participativa” sólo es un enunciado demagógico para maquillar lo que en esencia es un régimen autocrático.

La democracia participativa, en su expresión auténtica, no es sólo un enunciado constitucional, o un principio consignado en la declaración de principios de los partidos, es, dicho de una manera muy sencilla, una práctica ciudadana, en la que todos pueden asistir al planteamiento, debate y solución de los problemas nacionales y a los procesos de fiscalización y comprobación para determinar la correcta ejecución de los proyectos y la utilización racional de los recursos.


Pero lo anterior sólo es una parte del problema; es su expresión secundaria; la democracia participativa esencialmente supone la participación de todos en la distribución de la riqueza nacional y del ingreso; el acceso real de todos a los frutos del trabajo colectivo; a los bienes de la naturaleza, de la cultura y del progreso social.

El principio de democracia participativa que no es expresión de esta base material o de un verdadero proceso transformador, no es otra cosa, para utilizar la frase feliz del doctor Alejandro Rivera Hernández, jurista eminente, que una garantía ilusoria, que son aquellas consignadas en la ley pero que por razones de la estructura social no pueden ser ejercidas; y tiene que ser ilusoria porque si pudiera convertirse en realidad la estabilidad del sistema económico y social estaría en riesgo y hasta el filo del barranco no llegan los atrevimientos de los demagogos.

Los hondureños estamos en aptitud de avanzar a la condición de pueblo legislador; listos para participar en la discusión, revisión y reforma de las leyes; a pesar de las inequidades que han venido negando lo fundamental para vivir, el pueblo ha adquirido capacidades para entender la realidad de su existencia y las alternativas para una vida nueva; tiene organización social y política, sobre todo tiene garra para luchar; por esto es que los decretos que aparentemente viabilizan aquella participación llevan en sí mismos la trampa de la negación.

De acuerdo con la reforma al artículo 5 de la Constitución , sesenta y cinco diputados deben decidir si es aceptada o no la demanda de cien mil hondureños para manifestarse en un referéndum o plebiscito sobre cualquier asunto importante de la vida nacional; ¿no es esto acaso una tranca siniestra que ataja la iniciativa popular?, ¿un control para detener el ánimo movilizador y transformador del pueblo?

Las viejas fuerzas políticas seguirán conduciendo la nación. ¡Buen provecho!

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